Artículo 1. Ámbito de aplicación.
1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la celebración y desarrollo de las sesiones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y la actuación de sus integrantes en las mismas.
Artículo 2. Criterios para su interpretación.
1. Para la interpretación de las disposiciones de este Reglamento, se estará a los criterios establecidos en el párrafo 2 del artículo 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como a las prácticas que mejor garanticen y reflejen la integración del Consejo General, la libre expresión y participación de sus integrantes, y la eficacia de los Acuerdos o Resoluciones que se tomen en su seno, en ejercicio de sus atribuciones.
Artículo 3. Glosario. 1. Se entenderá por:
a) Constitución Política: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
b) Ley Electoral: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
c) d) e)
f) Reglamento: El Reglamento de Sesiones del Consejo General; Instituto: El Instituto Nacional Electoral; Consejo: El Consejo General; Presidente: El Consejero Presidente del Consejo General
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